Política de mascotas

Sí, con algunas excepciones y cumpliendo los requisitos para animales de compañía. Los propietarios de mascotas deben pagar un depósito para mascotas además de cualquier otro depósito requerido. El importe de la fianza es el más alto del pago total del inquilino de la familia o 50 $ y debe pagarse en su totalidad antes de que la mascota entre en las instalaciones.

Según el capítulo 10 del Plan de Admisión y Ocupación Continuada (ACOP):

Los siguientes animales NO se consideran animales domésticos comunes:

  • Reptiles
  • Roedores
  • Insectos
  • Arácnidos
  • Animales salvajes o asilvestrados
  • Cerdos panzudos
  • Animales utilizados para la cría comercial

Además, los siguientes animales NO están permitidos:

  • Cualquier animal cuyo peso adulto supere las 40 libras
  • Perros de las razas pit bull, rottweiler, chow o boxer
  • hurones u otros animales cuyos mecanismos naturales de protección supongan un riesgo para los niños pequeños de sufrir mordeduras o laceraciones graves
  • Cualquier animal no permitido por las leyes o códigos estatales o locales
  • Los residentes pueden tener un máximo de dos animales de compañía, de los cuales sólo uno puede ser un perro
  • En el caso de los peces, los residentes no podrán tener más de los que puedan mantener de forma segura y saludable en un tanque de 10 galones.

Para que un animal sea considerado animal de servicio:

  • Debe ser un perro entrenado.
  • Debe haber una persona con discapacidad en el hogar que requiera los servicios del perro.

Políticas sobre animales de servicio:

  • Los residentes son responsables de la alimentación, el mantenimiento, los cuidados veterinarios y el control de sus animales de asistencia. El residente puede hacerlo solo o con la ayuda de familiares, amigos, voluntarios o proveedores de servicios.
  • Los residentes deben cuidar a los animales de asistencia de forma que se cumplan las leyes estatales y locales, incluidas las leyes contra la crueldad.
  • Los residentes deben asegurarse de que los animales de asistencia no supongan una amenaza directa para la salud o la seguridad de los demás, ni causen daños físicos sustanciales a la urbanización, la unidad de vivienda o la propiedad de otros residentes.
  • Cuando el cuidado o manejo de un animal de asistencia por parte de un residente infrinja estas políticas, Viviendas del Condado considerará si la infracción podría reducirse o eliminarse mediante una adaptación razonable. Si la autoridad determina que no puede proporcionarse tal alojamiento, podrá retirar la aprobación de un animal de asistencia concreto.

Más información en el capítulo 10 del Plan de Admisión y Ocupación Continuada (ACOP).

ACOP / Política de animales de compañía