Las solicitudes de propuestas y las licitaciones se publicarán en esta página.
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Proceso de licitación
La licitación pública es el método preferido para la adjudicación de contratos de construcción, suministro y servicios no complejos cuya cuantía total supere los 250.000 dólares.
Viviendas del Condado solicitará públicamente ofertas de varios licitadores cualificados y anunciará la licitación para captar la atención de licitadores cualificados.
Viviendas del Condado proporcionará tiempo suficiente desde la solicitud de ofertas hasta la fecha límite de presentación para dar a los posibles licitadores una oportunidad justa de ofertar.
El pliego de condiciones o la invitación a licitar (IFB) detallará:
El trabajo que debe realizarse
Todas las condiciones materiales
Si la oferta debe basarse en una cantidad fija a tanto alzado, precios unitarios fijos o coste incrementado.
Formulario de solicitud
Aparte de los servicios de arquitectura e ingeniería, se solicitarán propuestas competitivas mediante la publicación de una solicitud de propuestas (RFP) que:
Identificar claramente la importancia y el valor relativo de cada uno de los factores de evaluación, así como de los subfactores y el precio.
Incluir el mecanismo para evaluar de forma justa y exhaustiva las propuestas técnicas y de precios antes de la licitación.
Apertura de ofertas y adjudicación
Las ofertas se abrirán públicamente.
Todas las ofertas recibidas se registrarán en una tabulación de ofertas y se pondrán a disposición del público que las solicite.
Si dos o más licitadores responsables presentan ofertas conformes al mismo precio que sean materialmente equivalentes en todos los demás aspectos, Viviendas del Condado seleccionará la oferta ganadora por sorteo o mediante un método aleatorio similar.
Si sólo se recibe una oferta conforme de un licitador responsable, Viviendas del Condado no adjudicará un contrato basado en esa oferta a menos que Viviendas del Condado determine que el precio y otras condiciones materiales son razonables.
La razonabilidad del precio se determinará mediante un análisis de costes o precios.
Sección 3
La Sección 3 es una disposición de la Ley de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) que obliga a dar preferencia a las empresas que ofrezcan empleo y oportunidades económicas a personas con bajos ingresos en la zona del proyecto.